Nuda Propiedad. Liquidez mientras vivas.
Son muchos los clientes que nos solicitan información y asesoramiento jurídico sobre las operaciones de venta o compra de Nudas Propiedades y Rentas Vitalicias.
Es una operación muy interesante, pero siempre recomendamos formalizarlas bajo la supervisión de un Abogado Financiero Especializado. Hemos asesorado cientos de estas operaciones.
Ejemplo de Operación.
Juan y María son una pareja que lleven casados 55 años, María con 72 años y Juan con 87.
La vivienda la tienen libre de cargas, aunque no es imprescindible, si hubiera alguna carga, se podría liquidar sin problemas.
La familia necesita liquidez mensual ya que las pensiones no le dan para poder vivir demasiado bien y hay veces que no llegan a final de mes. Por ello, nos solicitan una opción de liquidez.
Existen en el mercado diferentes inversores inmobiliarios y financieros que le ofrecen la siguiente posibilidad a Juan y María.
“Comprar la propiedad, a un valor algo inferior al mercado, pero dejando que vivan de por vida, hasta que fallezcan los dos. De esta manera tienen unos 200 mil euros para disponer, ya sea al contado o en cuotas mensuales de entre 700 y 2 mil euros al mes.
Por si no llegan a final de mes, por si quieren ir a una residencia…
A esa compra de la vivienda sin poder disfrutarla el propietario hasta que fallezcan los “usufructuarios” se llama compra de la Nuda Propiedad.
Si en lugar de pagar al contado, se marcan pagos mensuales hasta el fallecimiento, se llama Renta Vitalicia.
Es un producto interesante para todos, especialmente para los ancianos que necesitan liquidez sin perder el uso y disfrute de por vida de su vivienda. En la mayoría de ocasiones no tienen herederos o estos no tienen posibilidades económicas de ayudarles.
Pero como siempre es preferible revisar todos los documentos a formalizar por un Abogado experto.
Podría surgir un posible enriquecimiento injusto si la familia fallece a los pocos meses en el caso del pago de cuotas mensuales (renta vitalicia) pero no olvidemos que un Heredero siempre podría reclamar recuperar la vivienda íntegra devolviendo el capital entregado más los intereses legales del dinero.
Nuda Propiedad. Liquidez mientras vivas.
La renta vitalicia esta regulada en nuestro Código Civil en los artículos 1.802 CC y sucesivos, entendida como:
“El contrato aleatorio de renta vitalicia obliga al deudor a pagar una pensión o rédito anual durante la vida de unas más personas determinadas por un capital en bienes muebles o inmuebles cuyo dominio se le transfiere desde luego con la carga de la pensión.
La DGS (Dirección General de Seguros) los define como “seguros en los que se garantiza al asegurado el importe de una renta durante todos los años de su vida.
La renta se puede adaptar a las características familiares del asegurado, pudiendo combinarse con prestaciones adicionales en caso de fallecimiento o devolución de aportaciones”.
No firme nada sin consultar a un Abogado experto.
En nuestro caso, nos atrevemos a presentarles incluso inversores serios que se cuidarán de valorar al máximo su inmueble y formalizar todo ante Notario con las máximas garantías de Legalidad.
Hablemos de su caso concreto. Disponemos de despachos asociados en Toda España.
Llama gratis y concierta una visita con un experto. Horario de 9-21 horas al 900 90 77 51
Tenemos abogados en todas las provincias de España.
Centralita abierta de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes.
Teléfono Gratuito: 900 90 77 51.
Déjate ayudar y confía en nosotros.
Nuda Propiedad. Liquidez mientras vivas.
Comentarios de nuestros lectores