La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF), anteriormente conocida como Asociación Nacional de Entidades de Financiación, confecciona unos ficheros que consisten en una lista de “morosos”. Se crean para que los prestamistas puedan consultar si la persona física o pyme a la que van a conceder un préstamo están al corriente de pagos, es decir, si son buenos pagadores. En pocas palabras, estos ficheros facultan a los prestamistas a conocer la situación financiera de los posibles prestatarios.

Entrar en el listado de ASNEF o RAI o BADEX es relativamente fácil. Sólo con haber incumplido las obligaciones de pago de alguna de nuestras deudas nos posibilita para aparecer en ella.

Aparecer en la lista puede ser contraproducente. Significa que no eres un buen pagador, que eres un “moroso”, independientemente de las condiciones por las que estés pasando y te sea imposible pagar tus deudas.

Toda aquella empresa que pague la cuota mensual puede acceder a los informes, así que si tu voluntad es conseguir un préstamo y apareces en ASNEF, es muy probable que tu posible prestamista llegue a conocer tu situación.

Cualquier deuda vencida, real y exigible no pagada en su debido momento puede hacerte entrar en ASNEF. El acreedor debe haberte avisado mínimo dos veces, dándote la posibilidad de liquidar la deuda antes de los 30 días desde la notificación, evitando que entres en el fichero.

Si no te han comunicado fehacientemente que estás en morosidad o si has enviado burofax indicando tu no conformidad y sigues apareciendo, puedes pedir judicialmente una indemnización.
https://blogjuridicoyfinanciero.es/2017/07/19/sentencia-condenatoria-por-incluir-a-un-deudor-en-asnef/

¿Cómo puedo conocer mis deudas?

Como hemos dicho, para entrar en ASNEF debes tener una deuda impagada. Así, lo primero que debemos hacer es conocer qué deudas tenemos. Tenemos un derecho de acceso a la información de nuestras deudas.
Para ello, se debe enviar un mail a sac@equifax.es o un correo ordinario al apartado de correos 10.546 de Madrid (28080). Deberemos de indicar lo siguiente:

  • Nombre y apellidos o razón social de la empresa
  • DNI / NIF / CIF
  • Dirección del domicilio donde se pueda remitir la respuesta
  • Adjuntar fotocopia de algún documento acreditativo de la personalidad
  • La voluntad de conocer si sus datos aparecen en alguno de los ficheros de morosidad de personas físicas

 

¿Cuánto tiempo tardan en contestarme cuando solicito el acceso?

La Ley señala que existe un plazo de un mes para permitir el acceso de los titulares a sus datos personales. Si se ha solicitado el acceso mediante la página web, la respuesta es inmediata; mientras que si nos dirigimos por correo ordinario la respuesta será en un plazo máximo de un mes.

¿Cómo salir de ASNEF?

Mientras la deuda esté pendiente, nuestro nombre seguirá en los listados, por lo que realmente sólo podremos salir de ella saldando nuestra deuda. Debemos ser eliminados del listado en los siguientes 30 días, si no podremos exigir nuestros derechos.
Si nuestra deuda ya está pagada e igualmente seguimos constando en la lista, podemos reclamar a la empresa o entidad financiera que nos ha incluido en la lista, porque ya no existe una situación de impago.

¿Qué podemos hacer si nuestros datos en ASNEF son incorrectos o simplemente quiero darme de baja?

Ante esta situación, tenemos dos alternativas. Podemos solicitar la rectificación o la cancelación de los datos registrados en el fichero. Para ello, debemos dirigirnos mediante carta al Servicio de Atención al Consumidor por email a sac@equifax.es o al apartado de correos 10.546, 28080 Madrid.

En nuestra solicitud deberemos indicar lo mismo que en la solicitud del conocimiento de nuestras deudas. Adjuntamos también un modelo de carta para rectificar o cancelar los datos del registro del fichero.

Si procede la cancelación, deberá producirse en el plazo de 10 días. En el caso de que no procediese la cancelación se comunicará por escrito en idéntico plazo. También se puede dirigir la solicitud de rectificación o cancelación directamente a la entidad que comunicó los datos al fichero.

Si no te han dado de baja al solicitarlo, puedes reclamar una indemnización legalmente, ya disponemos de sentencias indemnizando a nuestros clientes entre 5 y 10.000 euros por apunte, si no existía sentencia judicial firme que apoyara la deuda que nuestro cliente solicito dar de baja simplemente por no estar de acuerdo en la cuantía..

Indemnización por ASNEF.

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No todo el mundo que aparece en registros de morosidad se merece vivir en la economía sumergida de por Vida.
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Central Reductora de Deudas: Ley de Segunda Oportunidad