Beneficios de la Ley de la Segunda Oportunidad para particulares.
La Ley de la Segunda Oportunidad para particulares, instaurada en 2015, es un proceso legal que hace posible la absolución de tus deudas siempre y cuando reúnas una serie de condiciones.
Dicha ley va dirigida a las personas físicas que buscan cancelar sus deudas y no tienen la posibilidad de pagarlas, bien porque no tienen ingresos suficientes o porque no se le han dado facilidades para poder hacer frente a ellas.
Hasta hace poco tiempo esta ley era la gran desconocida por muchas personas que se encontraban inmersos en problemas financieros, aunque actualmente hay una mayor repercusión, gracias al éxito de las resoluciones que han dictado los jueces de este país.
De este modo conocer las condiciones que la Ley de la Segunda Oportunidad para particulares ofrece es fundamental para que cualquier individuo que se encuentre en un apuro económico pueda llegar a una solución factible.
¿Quién puede beneficiarse de la Ley de la Segunda Oportunidad para particulares?
La Ley de Segunda Oportunidad va dirigida a autónomos y personas físicas que tienen una deuda inferior a 5 millones de euros y hayan actuado de buena fe. Esta Ley da la posibilidad de solicitar la exoneración de sus deudas de forma total o parcial.
En este sentido, tanto si eres particular como autónomo y te has visto incurrido en un fracaso económico, ya no tendrás que responder ante tus deudas con tu patrimonio presente y futuro.
¿Cómo puedo aprovechar la Ley de la Segunda Oportunidad?
Para poder acudir al amparo de la Ley de la Segunda Oportunidad para particulares, en primera instancia, deberás acudir a un despacho de abogados especializados en derecho bancario que analizarán el estado actual de su activo y pasivo para determinar si es viable adherirse a la LSO. Una vez conseguido el abogado que le va a llevar su caso, este será el encargado de acompañarle en todo el proceso judicial.
El siguiente paso será acudir a un notario o al Registro Mercantil, según el caso, dónde se asignará un mediador concursal. Junto al mediador se elaborará un plan de pagos acorde a la situación económica actual para intentar llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores negociando una serie de quitas.
Si en la junta de acreedores hay un Quorum superior al 75%, se exoneraran el resto de deudas, a excepción de los créditos públicos e hipotecarios, siempre y cuando la cuantía total de deudas sea inferior a 5 millones de euros. El plan de pagos se acordará por un tiempo máximo de 5 años, quedando el importe pendiente de las deudas exoneradas.
Si no hay acuerdo entre los acreedores o los acreedores no se presentan en la junta, se convierte en un proceso jurídico y se va directamente a la liquidación pudiendo solicitar el BEPI. El BEPI, beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, es el documento oficial que ratifica la cancelación de las deudas por parte del juez.
Es importante saber que la práctica de la Ley de la Segunda Oportunidad para particulares va enfocada a deudores que han contraído deudas de carácter privado. No te exime de todas deudas, ya que las deudas públicas tales como deudas de Agencia Tributaria y la Seguridad Social tienen un trato especial.
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