¿Deudas de Hacienda? Libérate con Ley Segunda Oportunidad
El Juzgado de Primera Instancia de Barcelona especializado en la Ley de la Segunda Oportunidad, pacta un sistema de plan de pagos que determina la exculpación de las deudas con Hacienda y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
En dicha sentencia de 4 de julio de 2017 el Juez indica que: “Según el artículo 178 bis 6 LC no excluye al crédito público de su sujeción al plan de pagos aprobado por el juez del concurso, al contrario, sólo puede desprenderse que una vez aprobado el plan de pagos, por el único órgano con competencia para ello, deberá presentarse y tramitarse el aplazamiento y fraccionamiento acordado en dicho plan ante el órgano y por medio del procedimiento regulado en la normativa específica”.
El sistema de plan de pagos permite saldar tus deudas fraccionándolas a plazos durante cinco años. El importe de dichos plazos irá en función de tus ingresos, pero si durante este periodo no has podido pagar toda la deuda, el Juez puede perdonártela, siempre que se haya pagado la mitad de los ingresos por encima del mínimo inembargable o la cuarta parte en algunos casos.
Te puedes acoger a ella si tienes una deuda con Hacienda o la TGSS, y no puedes hacerle frente con la venta de tus bienes.
Este procedimiento permite que las personas con pocos recursos que tengan deudas con Hacienda o la TGSS tengan la posibilidad de pagar una cantidad muy pequeña durante cinco años o hasta que el Juez indulte la cantidad restante, para el caso de los que no puedan pagar toda la deuda con esa pequeña cantidad.
¿Deudas de Hacienda? Libérate con Ley Segunda Oportunidad. Ya son varias las resoluciones que pueden tomarse como ejemplo de la interpretación favorable que está teniendo la Ley de la Segunda Oportunidad entre los casos hemos llevado.
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