Prohibido Desahuciar a los Okupas. Real Decreto 37/2020

Mientras que el 80% de los españoles son propietarios de viviendas, hay muchas personas y familias que están en una situación de vulnerabilidad, que en muchas ocasiones no tienen otra posibilidad para no vivir en la calle que okupar una vivienda.

Si es de un banco, a quien hemos rescatado con la anterior Crisis puede parecer lógico, pero si el piso que se utiliza es de un particular o un mediano inversor que también paga hipoteca de ese piso…¿Quién debe “pagar el pato”?

Es el Estado, que según la Constitución debería dar vivienda social a quien no tenga, pero se desentiende y permite que los propietarios de viviendas se hagan cargo de una solución habitacional. Increíble y denunciable.

Dejadez del Gobierno. Ayuda a la vulnerabilidad, pero que por lo menos pague el Gobierno los gastos de los propietarios…¿no?

Y no solo eso, si no pagas tú los suministros a los Okupas puedes incurrir en un delito.
Hay que ayudar a quien lo necesite, pero no solo con la propiedad privada.

Con fecha de 23 de diciembre de 2020, es decir, un día antes de Nochebuena, el Gobierno ha dictado un nuevo Real Decreto Ley 37/2020 de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes y prohibe desahuciar a los Okupas.

Es claramente un ataque directo a la propiedad privada y una expropiación encubierta de sus inmuebles a los propietarios, disfrazada de ayuda social del Gobierno a los más pobres, trasladando la presión social de la vivienda a los propietarios de los inmuebles. Dejadez de funciones del Gobierno. Traslado del problema al resto de la población con un inmueble, viviendas que pertenezcan a personas jurídicas (pueden ser patrimoniales de cualquier persona) o a personas físicas titulares de más de diez viviendas

“Se crea otro foco de incertidumbre social de la que sólo sacan rédito determinados movimientos políticos. Lo indiscutible es que el 80 % de la población española es propietaria de un inmueble y que el ataque del Gobierno a los dueños de viviendas, es una ataque directo a la propiedad privada, fundamento y pilar de una sociedad libre.”

Prohibido Desahuciar a los Okupas. Real Decreto 37/2020.

Resumen de este Decreto Ley:

  1. Suspensión de desahucios.–  Se produce la suspensión durante el estado de alarma del procedimiento de desahucio y lanzamiento en el caso de personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional.
  2. Cortes de luz, agua y calefacción.- Además, el propietario no podrá dejar de pagar los suministros de luz, agua y calefacción de sus inquilinos morosos, ya que se puede suponer que está forzando a los inquilinos a marcharse de la vivienda, incurriendo en un delito de coacciones.
  3. Se concede título de arrendatario a los okupas.- Se reconoce la expropiación por parte del Gobierno y se establece hasta el justiprecio.
  4. El decreto Ley 37/2020 de 22 de diciembre es inconstitucional.- Rompiendo la motivación por la propiedad privada y generando indefensión jurídica.Los propietarios de viviendas pueden defender sus derechos.

Se debería respetar el contenido esencial del derecho a la propiedad privada (artículo 33 de la Constitución Español), podrá regularse el ejercicio de este derecho fundamental (art. 53.1 de la Constitución Española), nunca por medio de un Decreto-Ley, aun en los supuestos de extraordinaria y urgente necesidad en los que, para la regulación de otras materias, sí resulta procedente recurrir a los Decretos-leyes (art. 86.1 de la Constitución Española).

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Prohibido Desahuciar a los Okupas. Real Decreto 37/2020.