EL TRIBUNAL MERCANTIL DE BARCELONA Y EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº50 ACUERDAN REDUCIR EL TIEMPO PARA LOS CONCURSOS DE ACREEDORES CONSECUTIVOS

A partir de ahora el perdón judicial a las deudas será más rápido en el tribunal mercantil de Barcelona (que agrupa los once juzgados mercantiles de la provincia) y en el Juzgado de primera instancia número 50. Los jueces de ambas instituciones han aprobado un protocolo de actuación para acortar los plazos de tramitación de los concursos de acreedores consecutivos para personas físicas. Se reduce el tiempo para la obtención del BEPI en Barcelona.

Actualmente la Ley de Segunda Oportunidad de personas físicas pueden durar de 3 meses hasta 3 años, dependiendo del juzgado dónde se haya presentado. Si bien es cierto que pocos son los particulares que se han amparado a dicha ley y han hecho uso de su derecho para cancelar sus deudas, debido a la poca información que se hace a nivel nacional sobre la misma.

Los que han decidido dar el paso se han encontrado con una larga espera una vez se ha presentado el concurso en el juzgado. El proceso finaliza con la obtención del BEPI (Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho), pero por la falta de conocimiento del proceso se producen demoras que podrían reducirse si se implantan protocolos de actuación a nivel general. De momento nos tendremos que conformar con las actuaciones que han tomado en Barcelona.

Como nos apunta Raúl García Orejudo, titular del juzgado mercantil 7 de Barcelona, “Es todo un despropósito: la tramitación de un concurso no debería durar más de un año y, en cambio, se demora mucho porque los deudores vienen sin procurador, rebotados de plataformas de Internet o con abogados que no conoces los procedimientos”.

Todos aquellos concursos (Ley de Segunda Oportunidad) que tengan mediador, deudores sin activos y que pidan el perdón a su deuda, se reducirá el tiempo a unos tres meses. Dicha reducción del procedimiento vendrá determinada por la eliminación de algunos trámites que, para los supuestos citados, no tienen sentido. Por ejemplo todas aquellas gestiones que se refieren a la gestión del activo, el pasivo, el convenio y la liquidación o la pieza de responsabilidad.

Con carácter general, y salgo alguna impugnación, se obviaran en dichos casos. Los juzgados directamente enviarán al BOE el auto de declaración del concurso, por lo que junto al protocolo anterior y la reducción del tiempo por la publicación inmediata en el BOE el cliente conseguirá la exoneración de la deuda en un plazo menor de tiempo.

Otra de las solicitudes que han realizado los jueces es que se les permita la comunicación a través de la aplicación Lexnet con la administración concursal.

De momento, a expensas de dicha mejora, el juzgado solicita al administrador concursal un correo electrónico que facilite la comunicación.

Parece que se empieza a mirar más la situación de nuestros clientes, y cada vez se mejorará el proceso de Ley de la Segunda Oportunidad, consiguiendo que acogerse a la Ley sea más fácil y rápido.

Dejamos un BEPI que ha obtenido uno de nuestros clientes como ejemplo del auto que se recibe una vez finalizado el procedimiento y exonerado de todas las deudas.

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Obtención del BEPI

Se reduce el tiempo para la obtención del BEPI en Barcelona